Fechas que mueven una decisión de dinero en España, con su fuente oficial: cuándo mirar tu hipoteca, tu calefacción, tu declaración, tu cuota de autónomo o una compra a plazos. Solo incluimos lo que podemos verificar; lo recurrente sin fecha oficial se marca como periodo habitual o «por confirmar», y lo que depende de una norma aún no publicada va al final, sin fecha. Tablas con las cifras oficiales de 2026: Tablas 2026.
Revisión trimestral de la tarifa regulada del gas (TUR)
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Decisión que toca: Calefacción: gas, aerotermia o eléctrica.
Qué hacer: Si calientas tu casa con gas, mira cuánto cambia tu factura con el nuevo precio y compara con aerotermia o calefacción eléctrica con tus metros y tu zona.
La TUR se revisa cada trimestre (1 de enero, abril, julio y octubre). Las fechas de 2027 son las de revisión previstas; las nuevas cifras solo se conocen cuando el BOE publica la resolución. Fuente: BOE: Resolución de 30 de septiembre de 2026 (TUR de gas natural).
Temporada de calefacción
· periodo habitual: octubre a abril Activo ahora
Decisión que toca: Calefacción: gas, aerotermia o eléctrica.
Qué hacer: Antes de encender la calefacción de forma continua, calcula qué sistema te sale más barato este invierno con tu vivienda y tarifas actuales.
No existe una fecha oficial de inicio: es el periodo habitual en la mayor parte de España (octubre a abril); cada comunidad de vecinos decide la fecha de la calefacción central. Fuente: IDAE: ahorro y eficiencia energética en el hogar.
Plazo para cambiar la base de cotización de autónomo
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Decisión que toca: Cuota de autónomo por ingresos reales.
Qué hacer: Si tus ingresos de este año van por encima o por debajo de lo previsto, ajusta la base al tramo de tu rendimiento real: es lo que reduce la regularización posterior.
Hasta seis cambios al año (art. 45.1 del Reglamento General de Cotización): lo pedido en enero y febrero surte efecto el 1 de marzo; en marzo y abril, el 1 de mayo; y así cada dos meses, hasta noviembre y diciembre, con efecto el 1 de enero. Las fechas de este calendario son el último día de cada periodo. Fuente: BOE: Reglamento General de Cotización (RD 2064/1995), art. 45.1, texto consolidado.
Plazo de los modelos trimestrales del tercer trimestre
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Decisión que toca: Autónomo: estimación directa o módulos.
Qué hacer: Si eres autónomo, presenta el modelo 130 (131 si estás en módulos) y el 303 si aplica antes del 20 de octubre; calcula tu rendimiento con tus gastos reales.
Decisión que toca: Calefacción: gas, aerotermia o eléctrica.
Qué hacer: El último domingo de octubre a las 3:00 vuelven a ser las 2:00. Revisa el reloj del termostato programable y las horas en que enciendes la calefacción; con tarifa por horas, comprueba cuáles son las más baratas.
Plazo de tu empresa para elegir la retribución flexible del año siguiente
· periodo habitual: otoño; lo fija cada empresa Fecha por confirmar
Decisión que toca: Retribución flexible: seguro, comida, transporte o guardería.
Qué hacer: Antes de que cierre el plazo de tu empresa, calcula cuánto IRPF te ahorra cada producto con tu sueldo y si ya pagabas ese gasto por tu cuenta.
No hay fecha legal: la ventana de adhesión la fija cada empresa; pregunta a Recursos Humanos (el «15 de noviembre» que circula como referencia no es una norma). Los topes exentos son anuales: 500 € de seguro de salud por persona, 11 € por día de trabajo en comida y 1.500 € de transporte público (art. 42.3 de la Ley del IRPF y arts. 45 y 46 bis del Reglamento). Fuente: BOE: Ley 35/2006 del IRPF, art. 42.3 (rentas en especie exentas), texto consolidado.
Decisión de tipos de interés del BCE
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Decisión que toca: Hipoteca fija o variable.
Qué hacer: Si tienes hipoteca variable o dudas entre fija y variable, calcula cómo cambiaría tu cuota si el Euríbor se mueve.
Cierre del ejercicio del IRPF: ventas con pérdidas
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Decisión que toca: Vender con pérdidas antes de fin de año.
Qué hacer: Si este año tienes ganancias por ventas o dividendos, calcula cuánto IRPF ahorras vendiendo una posición en pérdidas antes del 31 de diciembre, y sin recomprarla en 2 meses.
El periodo impositivo del IRPF es el año natural (art. 12) y la ganancia o pérdida se imputa al año de la venta (art. 14.1.c). Si recompras valores homogéneos en los 2 meses anteriores o posteriores (1 año si no cotizan), la pérdida no computa ese año (art. 33.5.f y g). Un saldo negativo de 2022 caduca tras la declaración de 2026 (art. 49). Fuente: BOE: Ley 35/2006 del IRPF, arts. 12, 14.1.c, 33.5 y 49, texto consolidado.
Black Friday
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Decisión que toca: Pagar al contado o financiar.
Qué hacer: Antes de aceptar «paga en cómodas cuotas», calcula el coste real de la financiación frente a pagar al contado con el descuento.
El Black Friday es el cuarto viernes de noviembre (fecha calculada, no oficial). La fuente enlazada regula el crédito al consumo, incluido el derecho de desistimiento de 14 días. Fuente: BOE: Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo.
Sorteo Extraordinario de Navidad: 22 de diciembre
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Decisión que toca: Premio de la Lotería de Navidad: cuánto te queda tras Hacienda.
Qué hacer: Si compartes décimos o te toca un premio, calcula cuánto retiene Hacienda (20% sobre lo que excede de 40.000 € por décimo) y cuánto te queda neto.
El sorteo extraordinario de Navidad se celebra el 22 de diciembre cada año; no se pudo verificar la fecha de 2026 en la web oficial de Loterías y Apuestas del Estado (la prensa y los administradores la dan para el martes 22 de diciembre), por eso figura como por confirmar. Premios hasta 40.000 € por décimo exentos; el exceso tributa al 20%. Fuente: BOE: Ley 35/2006 del IRPF, disposición adicional 33.ª, texto consolidado.
Renuncia a módulos para el año siguiente
· periodo habitual: diciembre
Decisión que toca: Autónomo: estimación directa o módulos.
Qué hacer: Antes de renunciar (o de quedarte), compara lo que te deja cada régimen con tus gastos reales: la renuncia dura al menos 3 años.
Por reglamento, la renuncia se presenta en diciembre del año anterior o con el pago fraccionado del primer trimestre en la forma de la estimación directa (art. 33.1) y dura como mínimo 3 años (art. 33.3). Hasta el 31 de diciembre de 2026 se presenta (modelo 036) la renuncia a módulos para 2027 (Calendario del contribuyente 2026 de la AEAT); si la Orden de módulos de 2027 se publica tarde, puede abrir un plazo distinto. El límite de ingresos de 2027 es el de la ley (150.000 €) salvo prórroga. Fuente: BOE: Reglamento del IRPF (RD 439/2007), art. 33, texto consolidado.
Campaña de la Renta
· periodo habitual: abril (inicio por confirmar) al 30 de junio Fecha por confirmar
Decisión que toca: Declaración conjunta o individual.
Qué hacer: Antes de confirmar el borrador, calcula si te sale mejor la declaración conjunta o la individual con tus ingresos.
Fecha por confirmar: la Tesorería General de la Seguridad Social regulariza las cuotas de 2026 en 2027, cuando la Agencia Tributaria le comunica tus rendimientos tras la declaración de la Renta. Si te toca pagar, tienes hasta el último día del mes siguiente a la notificación; si te devuelven, es de oficio y sin intereses. Fuente: BOE: Ley General de la Seguridad Social, art. 308.1.c, texto consolidado.
Tabla de cuotas de autónomos de 2027
Pendiente de norma o de fecha
Decisión que toca: Cuota de autónomo por ingresos reales.
Qué hacer: Hasta que se publique, usa la tabla de 2026 para elegir tu base y revisa la cuota cuando salga la de 2027.
Pendiente de norma: la tabla de tramos posterior a 2025 la tiene que fijar el Gobierno (RDL 13/2022, disposición transitoria 1.ª) y la de 2026 repite la de 2025 hasta que haya Presupuestos (RDL 3/2026). La cuantía de la tarifa plana de 2026 tampoco la hemos podido verificar en una fuente oficial (80 € solo para 2023-2025, RDL 13/2022 DT 5.ª; la Ley 20/2007, art. 38 ter, remite a la Ley de Presupuestos), así que no la usamos. Fuente: BOE: Real Decreto-ley 3/2026, art. 3.4 (tabla de 2026).
SMI, IPREM y pensiones de 2027
Pendiente de norma o de fecha
Decisión que toca: Paro, pensión y salario mínimo.
Qué hacer: Hasta que se publiquen las de 2027, las calculadoras usan las cuantías de 2026; calcula tu caso con ellas y repítelo cuando salgan las nuevas.
Pendiente de norma: las cuantías de 2027 no están publicadas y no damos fecha. Las de 2026 se aprobaron ya entrado el año: el SMI, por el Real Decreto 126/2026 (BOE del 19 de febrero de 2026), y la revalorización del 2,7 % de las pensiones, por el Real Decreto 241/2026. Cuando salgan las de 2027 se actualizarán las Tablas y las calculadoras. Fuente: BOE: Real Decreto 126/2026 (SMI de 2026).
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