Trabajo y prestaciones

¿Puedo trabajar cobrando el paro o el subsidio y me compensa?

Si cobras el paro y te ofrecen un trabajo a media jornada.

Sin registroSe calcula en tu móvilDatos 2026

Actualizado:

El que te reconoce el SEPE
Lo que ingresarías ya sin Seguridad Social ni retención
% de la jornada completa; 100 = completa
Si es indefinido, pon 12
Tu tipo marginal aproximado; 0 si el importe ya es neto
1 = el primer mes que cobras
Más detalle

Compatibilizarlo compensa cuando tu sueldo neto supera la parte del paro que te descuentan (467,50 € con estos datos): con 1.100 € brutos de paro (935 € netos con un 15 % de IRPF), un sueldo neto de 800 € y 6 meses, sumas 7.605 € en vez de 5.610 € (1.995 € más) y el paro se sigue consumiendo. A jornada completa no hay compatibilidad (salvo desde el décimo mes de un paro de más de 12 meses): con un contrato de menos de 12 meses el paro se suspende y con 12 meses o más se extingue. Con el subsidio, el trabajo se cobra con el complemento de apoyo al empleo. Cifras de 2026 (IPREM de 600 €); no incluye autónomos, capitalización, fijos discontinuos ni territorios forales.

Casos típicos (8 de octubre de 2026)

Resultados de esta calculadora con estas entradas, a la fecha indicada; no son una predicción: cambia las tuyas arriba.

Si cobras el paro y te ofrecen un trabajo a media jornada, compatibilizarlo compensa cuando tu sueldo neto supera la parte del paro que te descuentan (467,50 € con 1.100 € brutos de paro, un 15 % de IRPF y media jornada): con un sueldo neto de 800 € y 6 meses sumas 7.605 € en vez de 5.610 € solo con el paro. A jornada completa no hay compatibilidad (salvo desde el décimo mes de un paro de más de 12 meses): con un contrato de menos de 12 meses el paro se suspende y conservas los meses que te quedan, y con 12 meses o más se extingue. Con el subsidio, el trabajo se cobra con el complemento de apoyo al empleo, de hasta 180 días. Son cifras de 2026 (IPREM de 600 €); la herramienta no incluye autónomos, capitalización del paro, fijos discontinuos ni el paro de más de 12 meses a partir de su décimo mes.

Cuándo puedes cobrar el paro y trabajar

Cuándo la compatibilidad no existe

El subsidio: complemento de apoyo al empleo

Quien cobra el subsidio y trabaja, a jornada completa o parcial, lo cobra como complemento de apoyo al empleo (art. 282.3). Su importe es un porcentaje del IPREM (600 € en 2026) que depende de la jornada pactada al empezar y del trimestre del subsidio en que estás (tabla del SEPE):

Ejemplos con la calculadora

Paro de 1.100 € brutos (935 € netos con un 15 % de IRPF), 6 meses por cobrar y contrato de 6 meses:

Supuestos del cálculo (léelo antes de decidir)

Fuente de las normas citadas: LGSS y Ley del IRPF, art. 17.1.b.

Para conocer el importe de partida, calcula cuánto cobrarías de paro o cuánto cobrarías de subsidio; si lo que te planteas es montar un negocio, mira si te conviene capitalizar el paro.

Esto es información orientativa, no asesoramiento laboral, fiscal ni financiero.

Preguntas frecuentes

¿Puedo trabajar y cobrar el paro a la vez?

Solo a tiempo parcial y pidiéndolo en 15 días hábiles desde el inicio (si te pasas, rige desde la solicitud, antes de 12 meses); se descuenta la parte proporcional (art. 282.2). A jornada completa no, salvo desde el décimo mes de un paro de más de 12 meses.

¿Cuánto me descuentan del paro si trabajo media jornada?

El porcentaje de jornada que trabajas: con media jornada te quitan la mitad del paro. Con 1.100 € brutos de paro (935 € netos con un 15 % de IRPF) cobrarías 467,50 € de paro más el sueldo; con un sueldo neto de 800 € suman 1.267,50 € al mes frente a los 935 € de solo el paro. Compensa mientras tu sueldo neto supere la parte descontada (467,50 € en este ejemplo). La calculadora aplica el IRPF solo al paro; el del sueldo ya va en su neto.

¿Qué es el complemento de apoyo al empleo y cuánto se cobra?

Es lo que cobras si trabajas mientras percibes el subsidio: un porcentaje del IPREM (600 € en 2026) según jornada y trimestre. A jornada completa, 480 € brutos el primer trimestre, 360 € el segundo y menos después, hasta 180 días (art. 282.3 LGSS).

¿Pierdo los meses de paro que me quedan si acepto un trabajo?

Depende. Con compatibilidad a tiempo parcial, el paro sigue corriendo. Sin ella, con contrato de menos de 12 meses el paro se suspende sin gastar meses y se reanuda pidiéndolo en 15 días tras el trabajo; con 12 meses o más se extingue (arts. 271 y 272 LGSS).

¿Cuándo no me compensa aceptar un trabajo mientras cobro el paro?

Cuando el sueldo neto no supera lo que te descuentan: con 1.100 € brutos, 15 % de IRPF y media jornada, 300 € netos dejan 4.605 € en 6 meses frente a 5.610 € solo con paro. A jornada completa, suspender compensa si el sueldo neto supera el paro neto.

Supuestos y fuentes

Modelo propio. Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015), texto consolidado leído el 2/10/2026 (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724), en la redacción del RDL 2/2024: art. 282.2 (paro a tiempo parcial con compatibilidad solicitada: deducción proporcional al tiempo trabajado), art. 282.3 (complemento de apoyo al empleo del subsidio: tabla por trimestre y jornada, máximo 180 días, exclusiones), arts. 271.1.d, 271.2 y 271.3.b (suspensión y reanudación), art. 272.1.c (extinción con 12 meses o más), art. 279.1 (el subsidio se rige por los arts. 271 y 272) y art. 269.1 (máximo 720 días de paro) y disposición adicional 59.ª (paro de más de 12 meses desde el décimo mes: régimen propio que no se modela); Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (arts. 25.4.a y 47.1.b: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-15060); Ley 35/2006 del IRPF, art. 17.1.b (el paro es rendimiento del trabajo: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764#a17). IPREM 2026: 600 € al mes (Ley 31/2022, DA 90.ª, prorrogada; cuantías y tabla del complemento del SEPE: https://www.sepe.es/HomeSepe/en/prestaciones-desempleo/Cuantias-anuales.html). Supuestos propios y editables: paro de 1.100 € brutos, sueldo neto de 800 € a media jornada, 6 meses, tipo de IRPF del 15 % sobre el paro o subsidio; el mes se computa en 30 días y el trimestre del subsidio en 3 meses; el sueldo se introduce neto. No incluye: el paro de más de 12 meses cuyo trabajo llega al décimo mes de prestación (DA 59.ª: la herramienta lo bloquea), el tope de salario del 375 % del IPREM (2.250 € brutos al mes) de la DA 59.ª.5, pendiente de reglamento; el complemento del subsidio tras un paro de más de 12 meses reconocido desde el 1/4/2025 (DA 59.ª.4: la herramienta lo bloquea), autónomos y trabajo por cuenta propia, capitalización del paro, fijos discontinuos, trabajadores agrarios, Renta Activa de Inserción, Ingreso Mínimo Vital, programas de fomento del empleo, el derecho de opción, la retención real del IRPF y los territorios forales (País Vasco y Navarra) en lo que no es la prestación estatal. Consultado el 2/10/2026. Información orientativa, no asesoramiento laboral, fiscal ni financiero. Parámetros actualizados el 2026-10-02. Los cálculos se hacen en tu navegador; no enviamos tus datos a ningún servidor.

Esta herramienta es orientativa y no constituye asesoramiento financiero. Comprueba las condiciones concretas de tu contrato y, si la decisión es importante, consulta con un profesional. Lee nuestra política de uso de IA.

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