Jubilación anticipada o demorada: ¿cuánto cobras y cuándo compensa?
Con estos supuestos, y comparando solo pensiones, anticipar la jubilación acumula más si dejas de cobrar antes de la edad de equilibrio y retrasarla.
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Si cobras más allá de ella: con 60 años, 30 cotizados y 2.500 € de base reguladora, jubilarte a los 65 en vez de a los 67 baja la pensión de 3.013 € a 2.157 € al mes y, a partir de los 72 años y 7 meses, la pensión a la edad ordinaria acumula más; con 64 años, 42 cotizados y 3.000 € de base, retrasar de los 65 a los 68 años y 8 meses sube la pensión de 3.081 € a 3.881 € al mes, y la acumulada supera a la de los 65 a partir de los 88 años y 8 meses. Si tu pensión teórica supera la máxima, el coeficiente de anticipación es menor y gradual hasta 2033 (disposición transitoria 34.ª). Solo compara pensiones, sin sueldo ni descuento financiero, y no es un cálculo oficial: usa el simulador de la Seguridad Social.
Casos típicos (7 de octubre de 2026)
Resultados de esta calculadora con estas entradas, a la fecha indicada; no son una predicción: cambia las tuyas arriba.
- 62 años, 38 años cotizados, base reguladora de 2.000 €, jubilación a los 63 años, cobrando hasta los 85: a la edad ordinaria que te corresponde (65 años) cobrarías 2.166 € al mes y jubilándote 24 meses antes 1.664 € (reducción del 19 %); hasta los 85 acumularías 105.077 € menos, y la opción de jubilarte más tarde supera en acumulado a la otra solo si cobras más allá de los 72,6 años. Aplicar este caso
- 64 años, 38 años cotizados, base reguladora de 2.000 €, jubilación a los 67 años, cobrando hasta los 85: a la edad ordinaria que te corresponde (65 años) cobrarías 2.054 € al mes y jubilándote 24 meses después 2.340 € (incremento del 8 %); hasta los 85 acumularías 3.049 € menos, y la opción de jubilarte más tarde supera en acumulado a la otra solo si cobras más allá de los 85,8 años. Aplicar este caso
Con estos supuestos, y comparando solo pensiones, anticipar la jubilación acumula más si dejas de cobrar antes de la edad de equilibrio y retrasarla, si cobras más allá de ella: con 60 años, 30 cotizados y 2.500 € de base reguladora, jubilarte a los 65 en vez de a los 67 baja la pensión de 3.013 € a 2.157 € al mes y, a partir de los 72 años y 7 meses, la pensión a la edad ordinaria acumula más; con 64 años, 42 cotizados y 3.000 € de base, retrasar de los 65 a los 68 años y 8 meses sube la pensión de 3.081 € a 3.881 € al mes, y la acumulada supera a la de los 65 a partir de los 88 años y 8 meses. Si tu pensión teórica supera la máxima, el coeficiente de anticipación es menor y gradual hasta 2033 (disposición transitoria 34.ª). Solo compara pensiones, sin sueldo ni descuento financiero, y no es un cálculo oficial: usa el simulador de la Seguridad Social.
Qué compara la herramienta
- Edad ordinaria: la deduce de tu edad y tus años cotizados con el calendario de la disposición transitoria 7.ª de la Ley General de la Seguridad Social: en 2026, 65 años si acreditas 38 años y 3 meses cotizados y 66 años y 10 meses si no; desde 2027, 65 años si acreditas 38 años y 6 meses y 67 años si no. Depende de los años cotizados acreditados hasta la jubilación, así que puede ser intermedia (art. 205.1.a): si los completas después de los 65, es la edad en que los completas, p. ej. 65 años y 6 meses.
- Anticipada: hasta 24 meses antes de esa edad, con 35 años de cotización efectiva y una pensión que supere la mínima (art. 208). La pensión baja por un coeficiente que va del 2,81 % al 3,26 % por un mes de anticipo y del 13 % al 21 % por 24 meses, según tu período cotizado, y por los meses de cotización que dejas de sumar. Si tu pensión teórica supera la máxima, el coeficiente se aplica sobre la máxima y de forma gradual entre 2024 y 2033 (disposición transitoria 34.ª): en 2026, 24 meses con menos de 38 años y 6 meses cotizados reducen un 9,10 % y no un 21 %; en 2027, un 10,80 %. Para acceder (art. 208.1.a) puede contar tu cotización real al jubilarte, y el art. 208.2 usa la cotización hipotética hasta la edad ordinaria solo para los coeficientes: la herramienta te avisa si difieren.
- Demorada: 4 puntos más en el porcentaje sobre la base reguladora por cada año completo cotizado después de la edad ordinaria, si habías reunido 15 años de cotización a esa edad (art. 210.2.a); si la pensión llega al límite de la máxima, el resto del incentivo se cobra como cantidad anual aparte.
- Edad de equilibrio: el mes a partir del cual la pensión acumulada de la opción que empieza más tarde supera a la otra, calculada mes a mes con la revalorización que indiques. No es una esperanza de vida.
Ejemplos que calcula la herramienta
Con 14 pagas, una revalorización del 2,7 % anual (la de 2026, solo como ejemplo), pensiones brutas en euros de cada año y sin descuento financiero:
| Caso | Pensión a la edad ordinaria | Pensión elegida | Edad de equilibrio |
|---|---|---|---|
| 60 años, 30 cotizados, base de 2.500 €: anticipar 24 meses (jubilación a los 65; ordinaria a los 67) | 3.013 € | 2.157 € | 72 años y 7 meses |
| 62 años, 40 cotizados, base de 2.800 €: anticipar 24 meses (a los 63; ordinaria a los 65) | 3.033 € | 2.329 € | 72 años y 7 meses |
| 64 años, 42 cotizados, base de 3.000 €: retrasar de los 65 a los 68 años y 8 meses | 3.081 € | 3.881 € | 88 años y 8 meses |
| 65 años, 45 cotizados, base de 6.000 €: retrasar de los 65 a los 72 años y 5 meses (pensión máxima) | 3.360 € | 5.240 € | 92 años y 2 meses |
Con una revalorización del 0 %, el primer caso pasa de 2.500 € a 1.888 € al mes y la edad de equilibrio sube a 73 años y 3 meses. En el cuarto caso la pensión ya estaba en el límite de 3.359,60 € al mes de 2026 (revalorizado) y el incentivo se cobra como cantidad anual aparte, sujeto al tope anual de la base de cotización. Cuando la pensión supera el límite, el coeficiente de anticipación se aplica sobre ese límite y de forma gradual entre 2024 y 2033 (disposición transitoria 34.ª, según el año de jubilación): con 63 años, 42 cotizados, base de 6.000 € y un 2 % de revalorización, anticipar 12 meses en 2027 reduce un 3,20 % (no el 5,00 % del cuadro completo) y baja la pensión de 3.495 € a 3.317 € al mes; la edad de equilibrio es de 88 años y 7 meses.
Cómo decidir
- Compara la edad de equilibrio con cuántos años crees que cobrarás, no con la esperanza de vida media: si cobras hasta una edad inferior a la de equilibrio, acumula más la opción que cobra antes; si cobras hasta una edad superior, la que cobra más cada mes. Pon una edad final prudente y prueba varias.
- Mira lo que no entra en la cuenta. Anticipar suele significar dejar de cobrar un sueldo y retrasar es seguir trabajando y cotizando (el incentivo exige haber cotizado esos años); la herramienta solo compara pensiones.
- Comprueba los requisitos. La anticipada voluntaria exige 35 años de cotización efectiva y que la pensión supere la mínima; en tu caso concreto, confírmalo en el simulador de la Seguridad Social.
- Ten en cuenta la base reguladora. Es un dato tuyo: cambia con tus bases de los últimos años, que esta herramienta no modela.
- Para el ahorro complementario, mira plan de pensiones o fondo indexado; para cuando cobres el plan, rescatar en capital o en renta.
Supuestos del cálculo (léelo antes de decidir)
- Normativa de 2026: Ley General de la Seguridad Social (texto consolidado a 31/07/2026) y Real Decreto 241/2026 (pensión máxima de 3.359,60 € al mes, pensiones mínimas y revalorización del 2,7 %). Las cifras futuras (la base reguladora, la pensión máxima y el tope de cotización) se actualizan con el porcentaje de revalorización que indiques; la ley añade a la máxima un pequeño incremento anual adicional que no se modela.
- La base reguladora es un dato que introduces (en euros de hoy, la misma para cada edad de jubilación): no se recalcula con las bases de cotización de cada fecha. Se supone cotización continuada hasta jubilarte y Régimen General; el período cotizado cuenta todos los meses como efectivos y no se comprueban los dos años dentro de los últimos quince.
- Tu edad se toma como cumplida a octubre de 2026 y el año de jubilación se cuenta desde esa fecha, lo que fija el calendario de edades y porcentajes.
- La pensión se reparte en 12 meses para acumular (14 pagas) y se revaloriza cada enero. El IRPF es un tipo medio igual en las dos opciones, que no cambia la edad de equilibrio; en la práctica una pensión mayor puede tributar a un tipo mayor. No se descuenta el dinero en el tiempo: hacerlo adelantaría el beneficio de cobrar antes y retrasaría la edad de equilibrio.
- Si con tus datos tu edad ordinaria ya ha pasado, la herramienta no compara (la opción ordinaria sumaría meses que ya no puedes cobrar). En la anticipada, la edad ordinaria se calcula con cotización continuada, como indica el art. 208.2 para los coeficientes; para el acceso del art. 208.1.a puede contar la cotización real, y la herramienta te avisa si la edad resultante difiere.
- En la demora, el tramo de más de 6 meses (2 %) se aplica solo desde dos años completos de retraso (con la otra lectura posible, desde el segundo año, el incentivo sería 2 puntos mayor en esos tramos). No se calculan la cantidad a tanto alzado ni la combinación del art. 210.2.
- No incluye: la garantía de la disposición transitoria 34.ª.1 (si tu base reguladora supera la máxima, la pensión no puede ser inferior a la que resultaría con las normas de 2021; no se calcula y la pensión anticipada mostrada puede quedarse corta), las reglas de acceso previas de la disposición transitoria 34.ª.3 para ciertos despidos, jubilación anticipada involuntaria, por discapacidad o por actividad penosa, jubilación flexible, parcial o activa, compatibilidad con el trabajo, complementos de brecha de género, pensiones mínimas y complementos a mínimos, regímenes especiales (autónomos con particularidades, funcionarios), planes de pensiones privados, viudedad, IRPF salvo un tipo medio ni tablas de mortalidad. La edad de equilibrio no es esperanza de vida.
Esto es información orientativa, no asesoramiento ni cálculo oficial de la Seguridad Social: para tu pensión usa su simulador.
Preguntas frecuentes
¿Compensa jubilarse antes o después de la edad ordinaria?
Depende de cuántos años cobres: desde la edad de equilibrio, la opción más tardía acumula más. Con 60 años, 30 cotizados y 2.500 € de base, anticipar 24 meses baja la pensión de 3.013 € a 2.157 €; la ordinaria acumula más desde los 72 años y 7 meses.
¿Cuánto se reduce la pensión si me jubilo antes?
Hasta 24 meses, con 35 años de cotización efectiva y pensión superior a la mínima (art. 208 LGSS). Por 24 meses la reducción va del 13 % al 21 %, gradual hasta 2033: en 2026, 9,10 % con menos de 38 años y 6 meses. No cubre causa no imputable.
¿Cuánto sube la pensión si retraso la jubilación?
Cada año completo cotizado tras la edad ordinaria suma 4 puntos al porcentaje de la base reguladora, con 15 años cotizados (art. 210.2.a LGSS). Si llegas a la pensión máxima (3.359,60 € al mes en 2026), el exceso se cobra como cantidad anual aparte, con tope.
¿Cuál es mi edad ordinaria de jubilación en 2026 y 2027?
En 2026, 65 años con 38 años y 3 meses cotizados y 66 y 10 meses si no; desde 2027, 65 con 38 años y 6 meses y 67 si no (DT 7.ª LGSS). Puede ser una edad intermedia. La calculadora supone que cotizas sin interrupción.
¿La edad de equilibrio es mi esperanza de vida?
No. La edad de equilibrio solo dice a partir de qué edad acumula más una opción que otra con los supuestos que introduces: nadie sabe cuántos años cobrará. Es orientativa, sin descuento financiero ni sueldo, y no incluye otras vías de jubilación, complementos, regímenes especiales ni tu base reguladora real. Para tu caso, usa el simulador de la Seguridad Social.
Supuestos y fuentes
Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, texto consolidado con última actualización publicada el 31/07/2026: art. 205.1 (edad ordinaria y 15 años de carencia), art. 208 (jubilación anticipada por voluntad del interesado: hasta 24 meses, 35 años de cotización efectiva, pensión superior a la mínima y coeficientes por meses de anticipo y período cotizado), art. 210 (porcentaje por meses cotizados, incentivo de demora y coeficientes aplicados sobre el límite de la pensión), arts. 57 y 58.2 (límite de la pensión inicial y revalorización), disposición transitoria 7.ª (calendario de edades: 2026 y desde 2027), disposición transitoria 9.ª (porcentaje por mes cotizado) y disposición transitoria 34.ª (aplicación gradual 2024-2033 de los coeficientes sobre el límite de la pensión); reforma de la Ley 21/2021 y Real Decreto-ley 11/2024. Límite de la cuantía inicial (3.359,60 € al mes), pensiones mínimas de jubilación y revalorización del 2,7 % de 2026: Real Decreto 241/2026. Tope de la base de cotización de 2026 (5.101,20 € al mes): Orden PJC/297/2026. Para calcular tu pensión oficial, usa los simuladores de la Seguridad Social. Modelo propio: base reguladora introducida por ti, cotización continuada, año de jubilación contado desde octubre de 2026, 14 pagas repartidas en 12 meses y revalorizadas cada enero, IRPF a tipo medio constante y sin descuento financiero. Hipótesis no oficiales y editables: 60 años, 30 años cotizados, 2.500 € de base reguladora, jubilación a los 65, cobro hasta los 85 y revalorización del 2,7 % (la de 2026, no una previsión). Consultado el 2/10/2026. Información orientativa, no asesoramiento ni cálculo oficial. Parámetros actualizados el 2026-10-02. Los cálculos se hacen en tu navegador; no enviamos tus datos a ningún servidor.
Esta herramienta es orientativa y no constituye asesoramiento financiero. Comprueba las condiciones concretas de tu contrato y, si la decisión es importante, consulta con un profesional. Lee nuestra política de uso de IA.
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