Nómina de 2027: cuánto más te quitan por el MEI y la cotización de solidaridad
Si tu sueldo bruto queda por debajo de la base máxima de cotización.
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En 2027 cotizarás solo 0,02 puntos más (el MEI pasa del 0,15 % al 0,17 %: 6,00 € más al año con 30.000 € brutos); si la supera, además pagas más cotización de solidaridad: con 90.000 € brutos y la base máxima de 2026 (5.101,20 € al mes), 23,64 € más al año (12,24 € del MEI y 11,40 € de solidaridad). Esa cifra es la subida mínima: la base máxima de 2027 no está publicada, pero la ley la sube cada año (disposición transitoria 38.ª: revalorización más 1,2 puntos) y, si sube un 5 %, con 90.000 € brutos serían 215,52 € más al año, casi todo por cotizar sobre una base más alta y no por el MEI. La ley ya fija para 2027 el MEI y los tipos totales de solidaridad; la parte del trabajador en la solidaridad (0,23, 0,25 y 0,29 %) es nuestro cálculo con la proporción legal, a falta de la orden de cotización de 2027. Edita la base máxima cuando se conozca.
Casos típicos (8 de octubre de 2026)
Resultados de esta calculadora con estas entradas, a la fecha indicada; no son una predicción: cambia las tuyas arriba.
- 30.000 € brutos al año, contrato indefinido: la cotización del trabajador pasaría de 162,50 € a 163,00 € al mes (1.950,00 € a 1.956,00 € al año): 6,00 € más al año, de los que 6,00 € son del MEI; sin cuota de solidaridad por estar por debajo de la base máxima. Aplicar este caso
- 90.000 € brutos al año, contrato indefinido: la cotización del trabajador pasaría de 336,52 € a 338,49 € al mes (4.038,24 € a 4.061,88 € al año): 23,64 € más al año, de los que 12,24 € son del MEI y 11,40 € de la cuota de solidaridad. Aplicar este caso
- 150.000 € brutos al año, contrato indefinido: la cotización del trabajador pasaría de 348,48 € a 352,93 € al mes (4.181,76 € a 4.235,16 € al año): 53,40 € más al año, de los que 12,24 € son del MEI y 41,16 € de la cuota de solidaridad. Aplicar este caso
Si tu sueldo bruto queda por debajo de la base máxima de cotización, en 2027 cotizarás solo 0,02 puntos más: el MEI sube del 0,15 % al 0,17 % (disposición transitoria 43.ª de la Ley General de la Seguridad Social); si la superas, además sube la cotización de solidaridad (disposición transitoria 42.ª). Con la base máxima de 2026 (5.101,20 € al mes), que la calculadora supone porque la de 2027 no está publicada, 30.000 € brutos cotizan 6,00 € más al año y 90.000 € brutos, 23,64 € más: 12,24 € del MEI y 11,40 € de solidaridad. Esa es la subida mínima: la base máxima sube por ley cada año (disposición transitoria 38.ª) y, con una base un 5 % mayor, 90.000 € brutos cotizarían 215,52 € más al año, casi todo por la base y no por el MEI.
Qué ya está en el BOE para 2027 y qué no
- MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional): 1,00 punto en 2027, de los que 0,83 paga la empresa y 0,17 el trabajador (0,90 y 0,15 en 2026). Se aplica a la base de contingencias comunes, hasta la base máxima.
- Cotización de solidaridad: se paga solo por la parte del sueldo mensual que supera la base máxima, en tres tramos (hasta un 10 % por encima de la base máxima, del 10 % al 50 % y más del 50 %). Tipos totales de 2027: 1,38, 1,50 y 1,75 % (en 2026, 1,15, 1,25 y 1,46 %). El trabajador paga la misma proporción que en las contingencias comunes (4,70 de 28,30).
- Base máxima de 2027: no está publicada. A 3 de octubre de 2026 no hay orden de cotización de 2027 ni Presupuestos de 2027; la disposición transitoria 38.ª prevé que las leyes de Presupuestos la fijen con la revalorización más 1,2 puntos. Por eso es un dato que editas, con la de 2026 por defecto.
Cómo se calcula
- Base mensual: tu bruto anual entre 12 (pagas extra prorrateadas en la base, como pide la Orden de cotización de 2026, art. 1). Hasta la base máxima, el trabajador cotiza el 4,70 % por contingencias comunes, el MEI, el 1,55 % de desempleo (1,60 % si el contrato es temporal) y el 0,10 % de formación profesional.
- Solidaridad: sobre lo que tu base mensual supera la base máxima. Parte del trabajador en 2027: 0,23 %, 0,25 % y 0,29 % en cada tramo (en 2026, 0,19, 0,21 y 0,24 %, los de la Orden). La ley fija los tipos totales de 2027 y la proporción; los porcentajes del trabajador de 2027 son un cálculo propio con esa proporción, redondeado a dos decimales como en la Orden de 2026.
- Ejemplo con 90.000 € brutos: base mensual de 7.500 €, de los que 2.398,80 € superan la base máxima: 510,12 € en el primer tramo y 1.888,68 € en el segundo. Solidaridad de 2027: 5,89 € al mes (70,68 € al año) frente a 4,94 € en 2026 (59,28 €).
- A partir de qué sueldo hay solidaridad: con la base de 2026, desde 61.214,40 € brutos al año (12 veces la base máxima). Cada 10.000 € brutos por encima suman unos 1,9 € al mes de solidaridad de 2027 en el primer tramo y unos 2,1 € en el segundo.
Qué no incluye (léelo antes de decidir)
- Base máxima de 2027: si sube, sube también el tope del MEI y el punto desde el que empieza la solidaridad. Con 90.000 € y una base un 5 % mayor (5.356,26 €), la cotización sube 215,52 € al año (192,36 € por la base, 12,96 € por el MEI y 10,20 € por la solidaridad), y con 62.000 € sube 61,92 € (49,56 € por la base). Con una base menor que la de 2026 la cotización bajaría, pero la ley prevé subirla.
- Otros tipos de 2027 (contingencias comunes, desempleo, formación profesional): se suponen iguales a los de 2026 hasta que salga la orden de 2027.
- Base mínima del grupo de cotización, sueldos que varían de un mes a otro, horas extraordinarias (con cotización propia) y contratos con cotizaciones especiales: no se modelan. Con un sueldo por debajo de la base mínima de tu grupo, cotizas por esa base mínima y la subida del MEI es algo mayor.
- Efecto en el IRPF: la cotización del trabajador reduce lo que declaras, así que el neto baja algo menos de lo que sube la cotización. No se calcula; para el IRPF mira si te conviene subir o no la retención.
- Lo que paga la empresa (MEI del 0,83 % y su parte de la solidaridad): no se calcula. Si cobras con pagas prorrateadas, ya cuentan en el sueldo anual; mira pagas prorrateadas o 14 pagas. Para comparar dos sueldos con todo el neto, usa comparar ofertas de trabajo.
- Regímenes especiales (agrario, hogar, artistas, taurinos, autónomos) y País Vasco y Navarra en lo que no sea la cotización: la calculadora es del Régimen General.
Supuestos y fuentes
- El sueldo de 90.000 € y la base máxima de 2027 igual a la de 2026 son supuestos editables, no datos oficiales.
- Cada concepto se redondea a céntimos por mes y el año son 12 meses iguales.
- Fuentes consultadas el 3/10/2026: Ley General de la Seguridad Social (art. 19 bis, art. 127 bis, disposiciones transitorias 38.ª, 42.ª y 43.ª), Reglamento General de Cotización (art. 72 bis) y la Orden PJC/297/2026 (arts. 1, 2, 4, 16, 17 y 33).
Esto es información orientativa, no asesoramiento laboral ni fiscal.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto sube el MEI en 2027?
Del 0,15 % al 0,17 % a cargo del trabajador (1,00 % en total, con 0,83 de la empresa), según la disposición transitoria 43.ª de la Ley General de la Seguridad Social. Son 0,02 puntos: con 30.000 € brutos, 6,00 € más al año.
¿Cuándo pago la cotización de solidaridad?
Solo por la parte del sueldo mensual que supera la base máxima (5.101,20 € al mes en 2026), en tres tramos (art. 19 bis y disposición transitoria 42.ª). En 2027 los tipos totales son 1,38, 1,50 y 1,75 %; al trabajador le corresponde en torno a una sexta parte.
¿Cuál será la base máxima de cotización de 2027?
No está publicada: a 3 de octubre de 2026 no hay orden de cotización ni Presupuestos de 2027. La calculadora usa la de 2026 y puedes cambiarla. La disposición transitoria 38.ª prevé que se fije con la revalorización más 1,2 puntos.
¿Mi empresa también paga más?
Sí: el MEI de la empresa pasa del 0,75 % al 0,83 % y su parte de la solidaridad también sube (disposiciones transitorias 42.ª y 43.ª). Esta calculadora solo cuenta lo que cotiza el trabajador.
¿Se notará en mi nómina de enero de 2027?
Con 90.000 € brutos y la base de 2026, la cotización mensual pasa de 336,52 € a 338,49 €: unos 1,97 € más. Pero la orden de cotización de 2027, aún sin publicar, puede cambiar la base máxima y otros tipos.
Supuestos y fuentes
Ley General de la Seguridad Social, RDL 8/2015, texto consolidado (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724), consultado el 3/10/2026 (en cada bloque, la versión de fecha de vigencia más alta): art. 127 bis (Mecanismo de Equidad Intergeneracional: cotización finalista de 1,2 puntos en régimen pleno, no bonificable) y disposición transitoria 43.ª (2026: 0,90 puntos, 0,15 del trabajador; 2027: 1 punto, del que 0,83 la empresa y 0,17 el trabajador); art. 19 bis y disposición transitoria 42.ª (cotización adicional de solidaridad sobre las retribuciones que superen la base máxima, en tres tramos: hasta el 10 % por encima, del 10 % al 50 % y más del 50 %; tipos totales 2026 1,15/1,25/1,46 y 2027 1,38/1,50/1,75 %; el reparto sigue la proporción de las contingencias comunes); disposición transitoria 38.ª (la base máxima la fijan las leyes de Presupuestos con la revalorización más 1,2 puntos). Reglamento General de Cotización, RD 2064/1995 (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-1579), art. 72 bis. Orden PJC/297/2026 (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-7296), consultada el 3/10/2026: art. 2 (base máxima de 5.101,20 € al mes), art. 4 (contingencias comunes 28,30 %, 4,70 % el trabajador), art. 16 (MEI), art. 17 (solidaridad de 2026: del trabajador 0,19, 0,21 y 0,24 %) y art. 33 (desempleo 1,55 % indefinido y 1,60 % temporal; formación profesional 0,10 %). A 3/10/2026 no hay orden de cotización de 2027 ni Presupuestos de 2027. Supuestos propios: la base máxima de 2027 (la de 2026), los demás tipos de 2027 (iguales a los de 2026) y los tipos de solidaridad del trabajador de 2027 (0,23, 0,25 y 0,29 %, derivados con la proporción 4,70/28,30 y redondeados a dos decimales como en la Orden de 2026). Parámetros actualizados el 2026-10-02. Los cálculos se hacen en tu navegador; no enviamos tus datos a ningún servidor.
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