Renta del ejercicio 2026 (campaña 2027): paso a paso para decidir
Respuesta corta: la declaración que presentarás en la primavera de 2027 es la «Renta 2026» (ingresos de 2026). Solo dos decisiones dependen de ti antes del 31 de diciembre de 2026: aportar a un plan de pensiones (hasta 1.500 € o el 30 % de tus rendimientos, el menor) y donar a una entidad acogida a la Ley 49/2002 (80 % de los primeros 250 €); la conjunta o individual se decide al presentar la declaración. Esta guía te dice en qué orden mirarlas y con qué calculadora comprobarlas; no sustituye al borrador de la Agencia Tributaria ni a un asesor fiscal.
Calcula el tuyo: Declaración de la renta conjunta o individual →
Qué decidir y cuándo
Orden orientativo. Qué está en tu mano cambiar depende de la fecha: algunas decisiones solo cuentan si se ejecutan dentro del año fiscal 2026.
| Paso | Decisión | ¿Hasta cuándo se puede actuar? | Herramienta |
|---|---|---|---|
| 1 | Aportar a un plan de pensiones | Se imputa al año en que haces la aportación: para el ejercicio 2026, dentro de 2026 | Plan de pensiones o fondo indexado |
| 2 | Donar a una entidad que dé derecho a deducción | La deducción es del año en que se hace el donativo: para 2026, dentro de 2026 | Donativos y IRPF |
| 3 | Conjunta o individual | Al presentar la declaración (en la campaña); puedes calcularla antes | Conjunta o individual |
| 4 | Si vas a rescatar un plan, cómo cobrarlo (capital, renta o mixto) | Antes de pedir el rescate: la forma de cobro suele fijarse al solicitarlo | Rescate del plan de pensiones |
| 5 | Si dudas entre ser autónomo o asalariado, qué te cambia en impuestos y cuotas | Antes de dar el paso | Autónomo o asalariado |
| 6 | Si has tenido dos pagadores, si estás obligado a declarar | Antes de la campaña: depende de lo cobrado en 2026 | ¿Obligado a declarar con dos pagadores? |
| 7 | Si tienes un hijo menor de 3 años o eres familia numerosa, cobrar la deducción por adelantado o en la declaración | El abono anticipado se pide a la Agencia Tributaria; lo no anticipado se regulariza al declarar | Deducción por maternidad y familia numerosa |
| 8 | Si vendes tu vivienda habitual, reinvertir o no en otra | La reinversión tiene un plazo de 2 años desde la venta | Vender tu vivienda: IRPF y exención |
Las reglas generales están en la Ley 35/2006 del IRPF; las de los donativos, en la Ley 49/2002.
Conjunta o individual: lo que sí sabemos
La declaración conjunta aplica una reducción propia de la base imponible (3.400 € en matrimonio; 2.150 € si eres un solo progenitor con hijos menores) pero suma los ingresos de todos, y con una escala progresiva eso suele quitarle ventaja cuando los dos cónyuges tienen sueldos normales. Por eso la conjunta suele compensar cuando uno de los dos ingresa muy poco o nada; el umbral concreto depende de tus datos, de tu comunidad y de tus hijos. Cifras de la Ley 35/2006, art. 84, consultadas el 2 de octubre de 2026. Compáralas con tus datos en conjunta o individual.
Lo que puedes mover antes de fin de año
- Plan de pensiones: las aportaciones reducen la base imponible del año hasta un límite anual (menor del 30 % de tus rendimientos del trabajo y de actividades o 1.500 €, salvo incrementos por aportaciones del empresario o de autónomos), y lo que ahorras en IRPF depende de tu tipo marginal. A cambio, el plan tributa al rescatarlo. Si te compensa frente a un fondo indexado lo dice plan de pensiones o fondo indexado. Fuente: Ley 35/2006, arts. 51 y 52.
- Donativos: la deducción estatal es del 80 % de los primeros 250 € y del 40 % del resto (45 % si donas a la misma entidad tres años seguidos por un importe igual o creciente), y lo donado con derecho a deducción no puede pasar del 10 % de tu base liquidable; solo vale si la entidad está acogida a la ley y tienes el certificado. Con la deducción estatal siempre te cuesta algo (al menos el 20 % de lo donado): no es una forma de ganar. Detalle en donativos y IRPF. Fuente: Ley 49/2002, art. 19.
Qué es la base liquidable y por qué marca esos topes lo explica la guía sobre la base liquidable y los tramos del IRPF 2026.
Plazos: qué sabemos y qué no
La campaña de la Renta se abre cada año en primavera. La última (Renta 2025) fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026 según la Agencia Tributaria. Las fechas de la campaña de 2027 no están anunciadas: es razonable esperar un calendario parecido (abril a junio), pero no lo damos por seguro; consulta la sede de la Agencia Tributaria cuando lo publique. Si estás obligado a presentarla depende de tus ingresos y de cuántos pagadores hayas tenido (ver abajo).
Tres situaciones que cambian tu declaración
- Dos pagadores: con un solo pagador no estás obligado a declarar hasta 22.000 € de rendimientos del trabajo; si el segundo y siguientes pagadores suman más de 1.500 €, el límite baja a 15.876 € (territorio común). Hay supuestos que obligan sea cual sea el importe. Compruébalo con tus cifras en ¿obligado a declarar con dos pagadores? Fuente: Ley 35/2006, art. 96, consultada el 2 de octubre de 2026.
- Hijos menores de 3 años o familia numerosa: la deducción por maternidad es de hasta 1.200 € al año por hijo menor de 3 años (se puede cobrar por adelantado a 100 € al mes), con un incremento por gastos de guardería autorizada, y la de familia numerosa tiene su propio importe; la Agencia las abona aunque superen tu cuota, con requisitos de actividad y cotización. Cuánto te corresponde lo calcula deducción por maternidad y familia numerosa. Fuente: Ley 35/2006, arts. 81 y 81 bis y Reglamento del IRPF, arts. 60 y 60 bis, consultados el 2 de octubre de 2026.
- Venta de tu vivienda: la ganancia (precio de venta menos el de compra, gastos y mejoras) tributa en la base del ahorro; si era tu vivienda habitual y reinviertes en otra vivienda habitual en un plazo de 2 años, la ganancia queda excluida en proporción a lo reinvertido, y con 65 años o más está exenta sin reinvertir. La ganancia, la parte exenta y la cuota con tus datos, en vender tu vivienda: IRPF y exención. Fuente: Ley 35/2006, arts. 33.4.b y 38 y Reglamento del IRPF, art. 41, consultados el 2 de octubre de 2026.
Lo que esta guía no decide
- Deducciones autonómicas (alquiler, nacimiento, etc.): cambian por comunidad y no las modelamos en esta guía; consulta las de tu comunidad en la sede de la Agencia Tributaria.
- País Vasco y Navarra tienen régimen foral propio, con sus tramos y deducciones: nuestras calculadoras no los cubren.
- Ingresos de inversiones, alquileres o actividades económicas: pueden cambiar mucho el resultado y requieren revisar el borrador con calma.
Las escalas del IRPF 2026 de cada comunidad están en Tramos del IRPF 2026 por comunidad, y las fechas que tocan antes del 31 de diciembre (ventas con pérdidas, plan de pensiones, donativos), en el calendario de decisiones.
Revisado el 2 de octubre de 2026. Cifras de la normativa vigente consultada el 2 de octubre de 2026; la norma de 2027 puede cambiar.
Lo que se mueve al cambiar de año: qué cambia el 1 de enero de 2027. Datos al día en datos de hoy.
Fuentes
- Ley 35/2006 del IRPF (BOE): reducción por tributación conjunta (art. 84), reducciones por aportaciones a planes (arts. 51 y 52), exención por reinversión y mayores de 65 (arts. 33.4.b y 38), deducciones por maternidad y familia numerosa (arts. 81 y 81 bis), obligación de declarar (art. 96).
- Reglamento del IRPF (BOE): reinversión en vivienda habitual (art. 41) y abono anticipado de las deducciones (arts. 60 y 60 bis).
- Ley 49/2002 (BOE): incentivos fiscales al mecenazgo, art. 19.
- Agencia Tributaria: calendario de la campaña pasada.
Más sobre el tema: IRPF: decide con tus números (ejercicio 2026) (calculadoras y guías en orden de decisión).
Información orientativa, no constituye asesoramiento financiero ni legal. Revisa tus documentos (factura, contrato o escritura) y, si la decisión es importante, consulta con un profesional. Lee cómo trabajamos en Cómo funciona y nuestra política de uso de IA.
Calcúlalo con tus números
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