Energía

Bajar la potencia contratada de la luz: ¿compensa el ahorro frente al riesgo?

Bajar la potencia contratada compensa si tu pico real de uso simultáneo queda por debajo de la potencia nueva y el ahorro recupera el coste del cambio: con los ejemplos de la página (de 4,6 a 3,45 kW, pico de 3 kW y 28,43 €/kW·año de peajes y cargos) ahorras 42 € al año con impuestos, unos 36 € por cada kW que bajas; si tu pico supera la potencia nueva, ese ahorro no compensa el riesgo de que salte el ICP.

Sin registroSe calcula en tu móvilDatos 2026

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Figura en tu factura
3,45 es un ejemplo
3 es un ejemplo, mira el maxímetro de tu distribuidora
Sin impuestos; por defecto solo peajes y cargos regulados: suma el margen de tu factura
Consulta tu distribuidora, 0 es solo un punto de partida
De 1 a 30; 3 es un ejemplo
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Pon tus kW, tu pico y lo que te cobre la distribuidora por el cambio.

Casos típicos (8 de octubre de 2026)

Resultados de esta calculadora con estas entradas, a la fecha indicada; no son una predicción: cambia las tuyas arriba.

Bajar la potencia contratada de la luz compensa si tu pico real de uso simultáneo queda por debajo de la potencia nueva y el ahorro del término de potencia recupera el coste del cambio; si tu pico la supera, el interruptor de control de potencia (ICP) puede saltar y el ahorro no vale la pena. Esta calculadora compara el ahorro anual con impuestos, el margen sobre tu pico y el coste del cambio en los años que mantendrás la potencia nueva.

Qué estás comparando

Cómo decidir

Supuestos del cálculo (léelo antes de decidir)

Esto es información orientativa, no asesoramiento. Contrasta tu pico y el coste con tu distribuidora antes de cambiar.

Para ver cómo varía el precio en las horas del día, mira el precio de la luz del 8 de octubre.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se ahorra bajando la potencia contratada?

Lo que bajas en kW por el precio del término de potencia, más impuestos. Con los ejemplos (28,43 €/kW·año de peajes y cargos, IVA del 21 %) cada kW ahorra unos 36 € al año y bajar de 4,6 a 3,45 kW ahorra 42 €.

¿Qué pasa si contrato menos potencia de la que uso?

Si lo que enciendes a la vez supera la potencia contratada, el interruptor de control de potencia (ICP) puede saltar. Con un pico de 3,6 kW no cabe en 3,45 kW: bajar solo hasta ese pico ahorraría 36 € al año en lugar de 42 €. La calculadora lo marca.

¿Cómo sé cuánta potencia uso como máximo?

Tu distribuidora puede darte la curva de carga o el maxímetro de tu contador digital: la mayor potencia usada a la vez. Si no lo tienes, suma lo que encenderías a la vez en tu peor momento según sus etiquetas. El 3 kW por defecto es un ejemplo.

¿Cuánto cuesta cambiar la potencia contratada?

Depende de tu distribuidora y de si subes o bajas la potencia; esta página no da cifra por defecto: pon en «coste del cambio» lo que te indique. Con los ejemplos y 200 € de coste, tardas 4,8 años en recuperarlo, más que los 3 del horizonte.

¿Qué no incluye esta estimación?

No incluye el margen de potencia de tu comercializadora salvo que lo sumes, los derechos de tramitación, las potencias normalizadas ni el coste de volver a subir. Supone la misma potencia en los dos periodos de la 2.0TD. Solo Península y Baleares.

Supuestos y fuentes

Modelo propio: ahorro anual = (kW actuales − kW nuevos) × precio del término de potencia por kW y año × (1 + Impuesto Especial sobre la Electricidad) × (1 + IVA); ahorro neto = ahorro anual × años − coste del cambio; el riesgo de salto del ICP se marca cuando tu pico simultáneo es mayor que la potencia nueva. Precio por defecto: peajes y cargos de potencia 2.0TD de 28,429836 €/kW·año (peajes de transporte y distribución 23,324952 y 0,443770, Resolución de la CNMC de 18/12/2025, https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-26348; cargos 4,379461 y 0,281653, Orden TED/1524/2025, https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-26705; consultado el 2/10/2026); sin el margen de comercialización de tu contrato. Impuesto Especial sobre la Electricidad de 5,11269632 %: Ley 38/1992, art. 99 (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28741); IVA general del 21 %: Ley 37/1992 (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740); ambos vigentes en octubre de 2026 (noviembre y diciembre dependen del IPC de la electricidad, RDL 25/2026, https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-20265). Supuestos no oficiales y editables: potencia nueva de 3,45 kW, pico de 3 kW, coste del cambio de 0 € (consulta tu distribuidora) y horizonte de 3 años. Consultado el 2/10/2026. Información orientativa, no asesoramiento. Parámetros actualizados el 2026-10-02. Los cálculos se hacen en tu navegador; no enviamos tus datos a ningún servidor.

Esta herramienta es orientativa y no constituye asesoramiento financiero. Comprueba las condiciones concretas de tu contrato y, si la decisión es importante, consulta con un profesional. Lee nuestra política de uso de IA.

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