Guías

Me han despedido: qué hacer, indemnización, paro y plazos, paso a paso

Respuesta corta: con 30.000 € brutos y 8 años de antigüedad, la indemnización legal es de 13.151 € si el despido es objetivo y 21.699 € si es improcedente, exenta de IRPF hasta 180.000 €. Hay dos plazos que no se pueden pasar: 15 días para pedir el paro y 20 días hábiles para reclamar el despido. El paro sale de tus cotizaciones, no de la indemnización. Esta guía ordena los pasos; las cifras son ejemplos de las calculadoras enlazadas, que repiten el cálculo con tus datos.

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El despido en una tabla

PasoQué mirasRegla (BOE)Ejemplo: 30.000 € brutos, 8 años
1. La cartaTipo de despido (objetivo o disciplinario) y causa alegadaObjetivo: la indemnización se pone a tu disposición con la carta (ET art. 53.1.b)Objetivo por causas económicas
2. La indemnización legalDías por año y topeObjetivo: 20 días/año, máx. 12 mensualidades (art. 53.1.b). Improcedente: 33 días/año, máx. 24 (art. 56.1)13.151 € si es objetivo; 21.699 € si es improcedente (8.548 € más)
3. El IRPFQué parte es exenta y qué parte tributaExenta la legal hasta 180.000 € (LIRPF art. 7.e); el exceso, con reducción del 30 % si hay más de 2 años (art. 18.2)Los 13.151 € del objetivo, exentos
4. El paroBase de cotización y días cotizados70 % de la base reguladora 180 días y 60 % después, con máximo y mínimo (LGSS art. 270)Con 1.500 € de base y 720 días cotizados: 1.050 €/mes, luego 900 €/mes, 240 días
5. Los plazosFecha del despidoParo: 15 días (LGSS arts. 267 y 268). Reclamar: 20 días hábiles (ET art. 59.3)La solicitud de conciliación suspende el plazo de 20 días

Reglas del Estatuto de los Trabajadores, la Ley del IRPF y la Ley General de la Seguridad Social, textos consolidados consultados el 2-10-2026. Ejemplos: casos de prueba de las calculadoras, con salario diario = bruto anual entre 365.

1. Lee la carta antes de firmar nada

La carta dice el tipo de despido y la causa, y esas dos cosas fijan la cifra. Un despido objetivo da 20 días de salario por año de servicio, prorrateando por meses, con un máximo de 12 mensualidades. Si un juez lo declara improcedente y la empresa opta por indemnizar en vez de readmitirte, la cifra sube a 33 días por año con un máximo de 24 mensualidades. Un despido disciplinario que se declara procedente no da indemnización. Qué declarará un juez depende de la causa y de la prueba: ninguna calculadora lo predice, solo te muestra lo que está en juego.

El finiquito es otra cosa: lo que te deben por el trabajo ya hecho (salario del mes, vacaciones no disfrutadas, la parte de pagas extra pendiente). No se descuenta de la indemnización ni la sustituye; esta guía no lo calcula.

2. Calcula la indemnización legal de tu caso

Con 30.000 € brutos al año y 8 años de antigüedad, el salario diario es 30.000 / 365 = 82,19 €: el objetivo da 13.151 € y el improcedente 21.699 €. Los topes se notan en antigüedades largas: con 48.000 € brutos y 25 años, el objetivo se queda en 12 mensualidades (47.342 €).

Si tu contrato es anterior al 12-2-2012, el improcedente se calcula a 45 días por año hasta el 11-2-2012 y a 33 días después, con un máximo de 720 días, salvo que el tramo anterior ya dé más, y nunca más de 42 mensualidades (ET, disposición transitoria 11.ª). El objetivo no tiene tramo de 45 días.

Con tu salario, tu antigüedad y la oferta de la empresa, la calculadora de indemnización por despido da la cifra legal de objetivo e improcedente y el neto de cada opción.

3. Mira qué parte paga IRPF

La indemnización obligatoria por ley está exenta hasta 180.000 € (art. 7.e de la Ley del IRPF). Hay dos matices que cambian el neto:

Lo que cobres por encima de lo exento tributa como rendimiento del trabajo, con una reducción del 30 % si tu antigüedad supera 2 años (art. 18.2). Ejemplo: en un improcedente de 8 años, una oferta de 30.000 € con un tipo marginal del 37 % deja unos 27.850 € netos, 6.151 € más que los 21.699 € legales. Y si la legal supera el límite: con 60.000 € brutos y 40 años desde antes de 2012, la legal son 207.123 €, de los que 180.000 € están exentos.

4. Calcula el paro (no depende de la indemnización)

El despido es situación legal de desempleo y la prestación se pide en los 15 días siguientes. Su importe sale de tus cotizaciones de los últimos 180 días: el 70 % de la base reguladora los 180 primeros días y el 60 % desde el día 181, dentro de un máximo de 1.225, 1.400 o 1.575 € al mes (sin hijos, con 1 hijo o con 2 o más a cargo) y un mínimo de 560 o 749 € (LGSS art. 270; cuantías de 2026 coincidentes con la tabla del SEPE, que usa un IPREM de 600 €/mes). La duración depende de los días cotizados en los 6 años anteriores (art. 269.1): con 360 días cotizados, 120 días de paro; con 2.160 o más, el máximo de 720. Con menos de 360 no hay prestación contributiva.

Con tu base de cotización, tus hijos a cargo y tus días cotizados, la calculadora del paro da la cuantía de cada mes y el total.

Si piensas hacerte autónomo, puedes cobrar la prestación mes a mes junto con el alta durante un máximo de 270 días o capitalizarla en un pago único (arts. 33 y 34 de la Ley 20/2007): compara capitalizar el paro o cobrarlo con tus meses pendientes y tu inversión.

5. Apunta los dos plazos

Si la oferta de la empresa queda por debajo de la indemnización legal de tu caso (por ejemplo, 10.000 € frente a 13.151 €), la diferencia se puede reclamar. Con dudas sobre la causa o la prueba, consulta con un abogado laboralista o con tu sindicato antes de que corra el plazo.

Mientras cobras el paro puedes mirar si compensa un bootcamp, FP o curso online o, si estás de baja, cuánto cobras de baja médica; y si la baja se alarga, cuánto cobras con una incapacidad permanente.

Cuando encuentres trabajo

Si te llegan varias ofertas, compara cuál deja más neto real, y si en el año has tenido indemnización exenta, paro y un sueldo nuevo, revisa si te conviene subir la retención de tu nómina para no pagar de golpe en la Renta. Todas estas calculadoras están en el mapa del IRPF, en el grupo «Si cambia tu situación laboral».

Todas las cuantías de 2026 de paro, despido, permisos y finiquito, con su fuente y en CSV, están en Trabajo y prestaciones 2026; el SMI y el IPREM, en SMI, IPREM, paro y pensiones 2026.

Modelo de despido individual de un contrato ordinario en territorio común. No cubre despidos colectivos o nulos, alta dirección, indemnizaciones mayores por convenio, salarios de tramitación ni FOGASA; en el País Vasco y Navarra el IRPF es foral. Información orientativa, no asesoramiento jurídico ni fiscal.

Información orientativa, no constituye asesoramiento financiero ni legal. Revisa tus documentos (factura, contrato o escritura) y, si la decisión es importante, consulta con un profesional. Lee cómo trabajamos en Cómo funciona y nuestra política de uso de IA.

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