Noticias · octubre de 2026 · Alerta normativa · Resumen del día

Reversión del RDL 26/2026 ya en el BOE: qué vuelve a regir

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El texto consolidado del BOE ya muestra que la Ley del IRPF, su Reglamento y la ley de haciendas locales vuelven a la redacción anterior al RDL 26/2026. Para tu alquiler, tu vivienda vacía y tus impuestos locales rige lo de antes.

Actualización (2026-10-07): el consolidado descrito aquí es el del 5 de octubre y queda superado en parte: el RDL 29/2026 (en vigor desde el 8-10-2026, pendiente de convalidación) reintroduce otra reducción del 23.2, la imputación del 1,1 % para revisiones catastrales de 2012 con efectos de 2026 y la deducción estatal del 10 % del alquiler. Las reducciones nuevas del IRPF solo valen para contratos firmados desde el 1-12-2026 (DT 38.ª); las cifras de abajo siguen valiendo para los anteriores. Detalle en los decretos 28 y 29/2026.

El hecho

El el BOE tiene actualizados los consolidados de la Ley del IRPF, del Reglamento del IRPF y del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales. En cada artículo afectado la última versión es la de la Resolución de 2 de octubre y lleva la nota «Se deja sin efecto la modificación». Afecta a los artículos 23, 24 y 85, la disposición transitoria 38.ª y la adicional 55.ª de la Ley del IRPF, al artículo 41 bis del Reglamento y a los artículos 72 y 107 de la ley de haciendas locales.

Cuidado si lees el consolidado: en los artículos 24 y 85 de la Ley del IRPF el histórico conserva la versión del decreto con fecha de vigencia 1 de enero de 2027. No rige. La vigente es la última del bloque, la de la Resolución.

A quién afecta

Tu cifra

Con una renta de 800 € al mes durante 12 meses, 900 € de IBI y comunidad, 2.500 € de intereses y reparaciones, amortización sobre 120.000 € y un tipo marginal del 30 %, el rendimiento previo es de 2.600 €. Con la reducción del 50 % pagas 390 € de IRPF y te quedan 5.810 €. Con un contrato anterior a mayo de 2023, al 60 %, pagas 312 €: 78 € menos. Con 950 € al mes y el 90 %, pagas 132 €.

Si tienes una vivienda de 60.000 € de valor catastral sin alquilar, la imputación es de 660 € con el 1,1 % (pagas 198 €) y de 1.200 € con el 2 % (pagas 360 €). No damos cifra de plusvalía municipal ni de IBI: dependen de la ordenanza de tu ayuntamiento y no tenemos una calculadora verificada para ellas.

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Qué hacer y plazo

Antecedente: los RDL 26 y 27/2026 quedan derogados.

Para ver el conjunto de la semana, lee la semana en tu bolsillo.

Fuentes

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