Noticias · octubre de 2026 · Alerta normativa · Resumen del día
Reversión del RDL 26/2026 ya en el BOE: qué vuelve a regir
Estima el IRPF de tu alquiler →
El texto consolidado del BOE ya muestra que la Ley del IRPF, su Reglamento y la ley de haciendas locales vuelven a la redacción anterior al RDL 26/2026. Para tu alquiler, tu vivienda vacía y tus impuestos locales rige lo de antes.
Actualización (2026-10-07): el consolidado descrito aquí es el del 5 de octubre y queda superado en parte: el RDL 29/2026 (en vigor desde el 8-10-2026, pendiente de convalidación) reintroduce otra reducción del 23.2, la imputación del 1,1 % para revisiones catastrales de 2012 con efectos de 2026 y la deducción estatal del 10 % del alquiler. Las reducciones nuevas del IRPF solo valen para contratos firmados desde el 1-12-2026 (DT 38.ª); las cifras de abajo siguen valiendo para los anteriores. Detalle en los decretos 28 y 29/2026.
El hecho
El el BOE tiene actualizados los consolidados de la Ley del IRPF, del Reglamento del IRPF y del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales. En cada artículo afectado la última versión es la de la Resolución de 2 de octubre y lleva la nota «Se deja sin efecto la modificación». Afecta a los artículos 23, 24 y 85, la disposición transitoria 38.ª y la adicional 55.ª de la Ley del IRPF, al artículo 41 bis del Reglamento y a los artículos 72 y 107 de la ley de haciendas locales.
Cuidado si lees el consolidado: en los artículos 24 y 85 de la Ley del IRPF el histórico conserva la versión del decreto con fecha de vigencia 1 de enero de 2027. No rige. La vigente es la última del bloque, la de la Resolución.
A quién afecta
- Propietarios que alquilan vivienda: la reducción del rendimiento neto (art. 23.2) vuelve a la redacción de la Ley 12/2023: 90 % si bajas la renta más de un 5 % en zona tensionada, 70 %, 60 % si rehabilitaste la vivienda y 50 % en cualquier otro caso. Los contratos anteriores al 26 de mayo de 2023 conservan la reducción de 2021, el 60 % (DT 38.ª).
- Dueños de vivienda vacía o cedida a un familiar: la imputación de rentas inmobiliarias (art. 85) es otra vez el 2 % del valor catastral, o el 1,1 % si los valores catastrales se revisaron en los últimos diez periodos. El art. 24 vuelve a remitir a ese artículo 85.
- Quien vende un inmueble urbano o paga IBI: la plusvalía municipal recupera los coeficientes máximos anteriores (art. 107) y el IBI pierde los apartados 4 bis y 4 ter, los recargos para viviendas en zona tensionada y alojamientos turísticos que añadía el decreto (art. 72).
- No cambia nada si ya calculabas con la Ley 12/2023: nuestras calculadoras ya aplicaban esa redacción.
Tu cifra
Con una renta de 800 € al mes durante 12 meses, 900 € de IBI y comunidad, 2.500 € de intereses y reparaciones, amortización sobre 120.000 € y un tipo marginal del 30 %, el rendimiento previo es de 2.600 €. Con la reducción del 50 % pagas 390 € de IRPF y te quedan 5.810 €. Con un contrato anterior a mayo de 2023, al 60 %, pagas 312 €: 78 € menos. Con 950 € al mes y el 90 %, pagas 132 €.
Si tienes una vivienda de 60.000 € de valor catastral sin alquilar, la imputación es de 660 € con el 1,1 % (pagas 198 €) y de 1.200 € con el 2 % (pagas 360 €). No damos cifra de plusvalía municipal ni de IBI: dependen de la ordenanza de tu ayuntamiento y no tenemos una calculadora verificada para ellas.
Calcula tu IRPF de alquiler Vivienda vacía o alquilada Renovar o firmar nuevo
Qué hacer y plazo
- No hay plazo que cumplir: estas reglas se aplican en la declaración de la Renta de 2026, que se presenta en 2027.
- Si te han hablado de una reducción basada en el decreto, contrasta la cifra con la calculadora, que usa el 50, 60, 70 o 90 % de la ley vigente.
- Si vas a renovar un contrato o firmar uno nuevo, compara antes las dos opciones con la calculadora de renovar: la reducción depende de la fecha de tu contrato.
- Para plusvalía municipal e IBI, consulta la ordenanza fiscal de tu ayuntamiento antes de decidir una venta.
Antecedente: los RDL 26 y 27/2026 quedan derogados.
Para ver el conjunto de la semana, lee la semana en tu bolsillo.
Fuentes
- BOE: Ley 35/2006 del IRPF, texto consolidado (arts. 23, 24, 85, DT 38.ª y DA 55.ª), actualizado el 5-10-2026 ()
- BOE: texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, consolidado (arts. 72 y 107), actualizado el 5-10-2026 ()
- BOE-A-2026-20526: Resolución del Congreso, derogación del Real Decreto-ley 26/2026 ()
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