Noticias · octubre de 2026 · Explicador
Murcia abre las ayudas 2027 para mayores y discapacidad: qué puedes pedir
Las ayudas individuales de Murcia para mayores y personas con discapacidad se solicitan del 15 de octubre al 25 de noviembre de 2026, aunque corresponden al ejercicio 2027. Elige el concepto que necesitas y reúne la documentación: los máximos no se suman y la concesión depende de que exista crédito en 2027.
El hecho: solicitud en 2026, financiación de 2027
El BORM del publica las resoluciones del IMAS de 9 de octubre para personas mayores y personas con discapacidad. Ambas abren 30 días hábiles desde el día siguiente. Las sedes concretan el periodo del 15 de octubre al 25 de noviembre de 2026. La tramitación es anticipada: presentar no garantiza cobrar ni autoriza a contar con el dinero antes de la resolución.
A quién afecta: dos líneas con requisitos distintos
- Mayores: 65 años cumplidos al solicitar, residencia y empadronamiento en Murcia y ser pensionista de la Seguridad Social o cónyuge de pensionista. Las ayudas técnicas requieren informe médico; para obras se exige informe social tras visita domiciliaria.
- Discapacidad: grado reconocido y vigente igual o superior al 33 %, residencia y empadronamiento en Murcia. La ayuda debe guardar relación directa con la discapacidad, acreditada mediante informe o prescripción del Equipo de Valoración y Orientación del IMAS.
La necesidad debe haberse producido en el año de publicación de la convocatoria, 2026. Las resoluciones admiten presupuestos o facturas de fecha posterior al 1 de enero de 2026. Debes haber justificado ayudas de los dos ejercicios anteriores y no tener acceso a otra ayuda análoga para la misma finalidad. La regla excluye repetir la misma finalidad de los dos años anteriores, salvo necesidad acreditada documentalmente. Las bases de discapacidad contemplan además una excepción para ciertos transportes, pero esos conceptos no figuran entre los convocados para 2027.
Consulta las bases de mayores y las bases de discapacidad, con su reforma de 2023. Si presentas ambas líneas para el mismo concepto, se valora la primera y se deniega la segunda. Para personas extranjeras se exige la acreditación aplicable: registro comunitario y documento de identidad, permiso de residencia vigente o condición de refugiado en los términos de las bases.
Renta y patrimonio: límites para ambas líneas
El baremo publicado utiliza estos límites de renta mensual por persona, según el tamaño de la unidad de convivencia:
| Miembros | Referencia | Límite por persona |
|---|---|---|
| Una persona | 2,5 veces el IPREM mensual | 1.500 € |
| Dos personas | 1,75 veces | 1.050 € |
| Tres o más | 1,25 veces | 750 € |
La unidad de convivencia incluye los vínculos familiares y de pareja definidos en las bases; no equivale sin más a todas las personas empadronadas. El cálculo parte de rendimientos brutos del último ejercicio fiscal, salvo variaciones o información oficial más actual. Se excluyen, entre otros, prestaciones de dependencia, determinados complementos de tercera persona, becas formativas y ayudas finalistas; también se descuentan pensiones alimenticias o compensatorias legalmente debidas y efectivamente pagadas a personas externas. Revisa los artículos 6 y 7 de las bases.
El valor catastral computable de inmuebles no puede superar 43.200 euros —seis anualidades del IPREM usado en el baremo—. Se excluyen vivienda habitual, local comercial y bienes rústicos donde se desarrolla la actividad económica principal. Los rendimientos de capital mobiliario del último ejercicio fiscal no pueden superar 180 euros, equivalentes al 30 % de una mensualidad del IPREM: es un límite de rendimiento, no de saldo bancario. Cumplir estos umbrales no asegura concesión: se aplica puntuación socioeconómica y porcentaje corrector. En discapacidad, el mínimo de acceso que fije el IMAS no puede ser inferior a 11 puntos. Presupuesto y ayuda resultante deben alcanzar al menos 100 euros.
Tu cifra: un concepto y un máximo, sin sumarlos
Las siguientes tablas recogen todos los conceptos del artículo 6 de cada convocatoria. La ayuda efectiva depende del gasto admitido, baremo, correcciones y presupuesto disponible. Si solicitas varios conceptos, solo puede concederse uno por solicitante y convocatoria; indica tu prioridad.
| Concepto | Hasta |
|---|---|
| Reparación estructural necesaria de vivienda habitual, si no corresponde al arrendador | 2.000 € |
| Cambio de bañera por ducha o adaptación de ducha | 2.000 € |
| Audífonos, máximo dos unidades | 3.000 € |
| Tratamiento bucodental, sin extracciones cubiertas por el Servicio Murciano de Salud | 3.000 € |
| Gafa o dos lentes graduadas | 500 € |
| Concepto | Hasta |
|---|---|
| Ampliación de puertas en vivienda unifamiliar | 1.500 € |
| Rampa en vivienda unifamiliar | 1.000 € |
| Grúa de piscina en vivienda unifamiliar | 1.000 € |
| Plataforma elevadora o salvaescaleras en vivienda unifamiliar | 5.000 € |
| Cambio de bañera por ducha o adaptación de ducha | 2.000 € |
| Adaptación de vehículo a motor | 3.000 € |
| Vehículo especial de baja velocidad: moto de tres o cuatro ruedas | 3.000 € |
| Tracción para silla manual, para mayores de 15 años | 1.600 € |
| Audífonos, máximo dos unidades | 3.000 € |
| Accesorios o repuestos de implante coclear | 1.000 € |
| Comunicador visual: personas sin movilidad que no pueden hablar o tienen dificultades de habla | 4.000 € |
| Comunicador digital: personas con movilidad y graves dificultades de habla | 400 € |
| Tratamiento bucodental, sin extracciones cubiertas por el Servicio Murciano de Salud | 3.000 € |
| Silla de baño o ducha con reposacabezas | 1.300 € |
| Grúa eléctrica con arnés | 1.300 € |
| Cama eléctrica o articulada completa: somier, colchón y barandillas | 1.200 € |
| Gafa o dos lentes graduadas | 500 € |
La cama completa no se subvenciona para uso en el centro residencial donde la persona tenga su domicilio habitual. No se añaden conceptos de antiguas convocatorias que falten en estas tablas.
El antiguo techo global de 3.000 euros en discapacidad fue eliminado por la Orden de 21 de marzo de 2023, que suprimió el artículo 8.3. Por eso son válidos los máximos de 5.000 y 4.000 euros de esta convocatoria. No significa que puedas sumar salvaescaleras y comunicador ni que esos importes sean automáticos.
Qué hacer y plazo: documentos y registro
- Escoge la línea y el concepto. Usa la solicitud normalizada de 2027 de la ficha 589, mayores, o la ficha 582, discapacidad. Ambas muestran «Abierto» y el periodo indicado en la consulta del 15 de octubre; no se ha probado el envío de una solicitud.
- Documentos comunes: padrón colectivo reciente, identificación, titularidad bancaria, presupuesto detallado con IVA a tu nombre o factura si ya realizaste el gasto. Aporta ingresos y cambios laborales requeridos, documentos familiares y representación cuando corresponda. Los datos consultables por la Administración no deben duplicarse, salvo oposición a la consulta. Aporta la declaración familiar para consulta de datos si convives con mayores de 16 años.
- Según el concepto: informe médico para ayudas técnicas de mayores; informe social de servicios sociales para sus obras. En discapacidad, presupuesto de barreras o adaptación según anexo III; para vehículo, matrícula y propiedad del solicitante o miembro de la unidad. Si el grado de discapacidad se reconoció fuera de Murcia, aporta certificado.
- Para vivienda: debes estar empadronado en la vivienda objeto de las obras; acredita propiedad o derecho de uso. Si es cedida o alquilada, se exige cesión o arrendamiento prorrogable de al menos cuatro años desde la solicitud y autorización del propietario. Adjunta los informes y documentos específicos de la ficha. Padrón e informes médicos deben ser recientes, dentro del límite de seis meses que señala la sede.
- Registra antes del 25 de noviembre. La vía electrónica requiere identificación y firma; las personas no obligadas pueden usar los registros presenciales admitidos. No hay tasa de solicitud. Guarda el justificante y atiende los requerimientos.
Las bases dan prioridad a las solicitudes completas cuando el crédito no permite atenderlas todas. La resolución tiene un plazo máximo de seis meses desde la entrada en el registro competente; el silencio es desestimatorio. Si se concede, debes justificar con facturas en los tres meses siguientes. No encargues un gasto contando con una subvención segura: ambas resoluciones condicionan la concesión a crédito adecuado y suficiente de 2027.
Fuentes: artículos 3–7 y anexos de las dos convocatorias, bases de 2018 y reforma de 2023, enlazados arriba; fichas oficiales consultadas el 15 de octubre de 2026. Información general, no asesoramiento individual.
Añadir al calendario (25 de noviembre de 2026)
Fuentes
- BORM: convocatoria 2027 para mayores ()
- BORM: convocatoria 2027 de discapacidad ()
- BORM: reforma del límite, disposición 1771 ()
- CARM: ficha 589 ()
- CARM: ficha 582 ()
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